Identifica qué local cerró y qué continúa funcionando
El aviso de cierre sirve para informar al SAT que dejaste de utilizar un establecimiento para actividades económicas. Puede tratarse de una sucursal, local u otro lugar registrado para ese fin. La pregunta inicial es concreta: ¿qué ubicación cerró y desde qué fecha?
La ficha 29/CFF del Anexo 2 de la RMF 2026 contempla personas físicas y morales. Establece un trámite gratuito, dentro del mes siguiente a aquel en que se realiza el cierre. No confundas ese mes con «treinta días desde que recuerde hacer el aviso».
Organiza tu revisión antes de entrar al formulario. Si existen varias sucursales con nombres parecidos, toma sus domicilios completos de los documentos disponibles y marca cuál corresponde al movimiento.
Cierre, apertura y suspensión tienen propósitos distintos
| Situación que quieres informar | Movimiento que debes revisar |
|---|---|
| Dejaste de operar en una sucursal concreta | Cierre de ese establecimiento |
| Comenzaste a utilizar un lugar nuevo | Apertura de establecimiento |
| Dejaste de realizar actividades económicas como persona física | Suspensión de actividades |
| Cambió tu domicilio fiscal | Aviso de cambio de domicilio fiscal |
Si abrirás otra ubicación, revisa el aviso de apertura de establecimiento. Si cesaron tus actividades como persona física, consulta la suspensión de actividades. Y si el cambio afecta al domicilio fiscal, identifica los requisitos de ese aviso específico.
La tabla ayuda a describir el hecho; no decide cuántos avisos necesita un caso particular. Presentar el cierre de una sucursal no acredita que ya resolviste todos los movimientos que pudiera requerir tu negocio.
Prepara los datos y revisa antes de confirmar
La ficha de 2026 permite ingresar con Contraseña o e.firma. En el formulario se registra la fecha del movimiento y la información correspondiente. Para personas morales, los datos de representación legal son obligatorios; la persona física sin representante puede dejar ese apartado en blanco, según la ficha.
- Ubica la ruta de avisos al RFC para tu tipo de persona en el portal del SAT.
- Selecciona el cierre y accede con el medio autorizado.
- Revisa representación, fecha y establecimiento afectado.
- Examina el aviso generado y corrige la captura cuando sea necesario.
- Confirma la información correcta y guarda el acuse final.
Por ejemplo, una empresa conserva su oficina principal y cierra una bodega. Antes de confirmar, compara el domicilio de la bodega con el aviso. Si aparece la oficina, detén la captura y corrígela: compartir el mismo RFC no convierte a todas las ubicaciones en el establecimiento que deseas cerrar.
No uses como fecha del cierre la del día de captura solo para terminar más rápido. Si tienes dudas sobre cuándo ocurrió el movimiento o si ya venció el plazo, prepara los antecedentes y consulta al SAT cómo presentarlo correctamente.
Guarda los documentos que prueban el movimiento
La ficha del SAT sobre cierre de establecimientos distingue el aviso de actualización o modificación de situación fiscal y el acuse de movimientos. Revisa RFC, tipo de aviso, ubicación y fecha antes de archivarlos juntos.
Si solo conservas una captura del formulario, comprueba si realmente obtuviste el acuse. Para localizar un movimiento anterior puedes revisar la reimpresión de acuses del RFC.
Cuando no sea posible concluir por internet, la ficha 29/CFF contempla acudir al SAT con cita, identificación oficial vigente y, si existe representación, el documento que la acredita. Confirma los documentos aceptados en el propio Anexo. La lista del cierre no debe reemplazarse por la de apertura, que incluye un supuesto documental distinto.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que suspender actividades si solo cierro una sucursal?
Describe primero qué continúa operando. El cierre informa sobre el establecimiento; la suspensión corresponde a otro supuesto. Consulta al SAT si necesitas más de un movimiento.
¿El aviso tiene costo?
La ficha 29/CFF lo señala como gratuito. Un cobro de asesoría privada no es una cuota del SAT por este aviso.
¿Cerrar el establecimiento también cancela sus contratos o permisos?
El resultado descrito aquí es la actualización ante el RFC. Revisa por separado los contratos, permisos y demás obligaciones que correspondan a la operación cerrada.
Tu revisión personal
Antes de continuar
Lista editorial para organizarte. No añade requisitos a la ficha oficial.
Fuentes y alcance de la consulta
Consultadas el 24 de octubre de 2026. Se revisó información pública; no se realizaron solicitudes, pagos ni pruebas de expedientes personales.
- SAT · Anexo 2 RMF 2026, ficha 29/CFF ↗Lectura directa
PDF completo descargado y extraído; ficha 29/CFF, páginas 79–81: personas físicas y morales, mes siguiente, acceso, documentos y atención con cita si no concluye en línea. La cabecera del PDF indica DOF 29 de diciembre de 2025.
- SAT · Presenta el aviso de cierre de establecimientos de tu empresa ↗Lectura directa
Ficha completa leída: finalidad, gratuidad y documentos del aviso. Su encabezado se dirige a personas morales; para el alcance de ambas personas y la ruta de atención se prioriza la ficha 29/CFF de 2026.