Para solicitar el apoyo, prepara el expediente de modalidad B
El apoyo por orfandad materna de Bienestar corresponde a la modalidad B del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras. Las reglas de operación 2026, en su apartado 3.4, establecen un expediente propio para solicitar la incorporación.
La cobertura es nacional y atiende a hijas e hijos desde recién nacidos hasta los 23 años en situación de vulnerabilidad por el fallecimiento de la madre. Para nuevas incorporaciones, las reglas se refieren a madres fallecidas desde marzo de 2013 en adelante. El apartado 5.2 permite solicitar el apoyo tanto si la madre estaba afiliada como si no lo estaba; no exige que todas las familias conserven una póliza del antiguo Seguro de Vida para Jefas de Familia.
Quién presenta la solicitud
La persona que se hace responsable de las hijas e hijos realiza la gestión. Si la persona beneficiaria ya es mayor de edad, puede hacerla por sí misma.
Cuando quien cuida a los menores no tiene el parentesco biológico padre-hijo, el numeral 3.4.2 pide acreditar esa responsabilidad mediante una constancia de gastos de manutención y alimentación expedida por autoridad competente. Entre las autoridades mencionadas están la procuraduría de defensa del menor y la familia del DIF, un juez de lo familiar y la fiscalía para atención de menores. Consulta cuál corresponde a tu situación antes de sustituirla por una carta personal.
Documentos que debes separar
| Parte del expediente | Lo previsto para modalidad B |
|---|---|
| Identidad de la persona responsable | Copia y original para cotejo de una identificación admitida: credencial para votar vigente, cédula profesional, pasaporte vigente, cartilla del Servicio Militar vigente o forma migratoria |
| Fallecimiento de la madre | Copia certificada del acta de defunción; también se admite acta de presunción de muerte, con máximo tres meses de antigüedad |
| Cada hija o hijo | Copia y original para cotejo del acta de nacimiento vigente y la CURP |
| CURP de la persona responsable | Copia y original para cotejo |
| Domicilio donde vivirán las hijas e hijos | Comprobante de no más de tres meses: luz, agua, teléfono o predial; en localidades de hasta 10,000 habitantes se admite constancia de autoridad local competente |
| Uso del apoyo | Carta responsiva en formato libre, firmada por la persona responsable, comprometiéndose a destinar los recursos a los fines del programa |
Añade la constancia de cuidado del supuesto especial cuando corresponda. Si hay varios hermanos, revisa acta y CURP de cada uno: la edad y el nombre deben poder identificarse sin depender de los documentos de otro integrante.
Las cartas de no afiliación IMSS e ISSSTE y el escrito sobre trabajo o estudios pertenecen al expediente de modalidad A. No los conviertas en requisitos de modalidad B por aparecer juntos en un resumen general del programa.
Dónde solicitar la incorporación y cómo dar seguimiento
- Comunícate con la Delegación de Programas para el Desarrollo de tu entidad o su módulo de atención. Especifica que necesitas orfandad materna, modalidad B.
- Confirma sede y atención antes de acudir. La orientación pública de Bienestar también proporciona la Línea de Bienestar: 800 639 42 64.
- Presenta el expediente para la solicitud. Las reglas prevén recepción presencial en módulos y levantamientos de campo del personal del programa.
- Conserva cualquier constancia de recepción y anota los documentos que te pidan completar. Pregunta cómo consultar el avance de esa solicitud.
- Atiende la verificación y las aclaraciones que indique Bienestar. Comunica los cambios de domicilio para mantener actualizados los datos.
El registro se ordena por fecha y contempla prioridades territoriales, espacios disponibles y presupuesto. Presentar documentos no garantiza la incorporación ni una fecha de primer pago. Esta guía no acredita que un módulo tenga una convocatoria abierta hoy.
Montos de modalidad B en las reglas 2026
El apartado 3.4.3 fija apoyos bimestrales por persona beneficiaria, según edad:
| Edad | Monto bimestral de 2026 |
|---|---|
| Recién nacidos a 15 años | $830 pesos |
| 16 a 18 años | $1,130 pesos |
| 19 a 23 años | $1,240 pesos |
No uses el monto general de modalidad A para calcular este apoyo. Las reglas reconocen el pago desde el bimestre de incorporación al padrón; la fecha de fallecimiento que permite solicitarlo no equivale a un pago retroactivo automático desde ese día.
La solicitud de Bienestar es distinta de una pensión de orfandad IMSS o ISSSTE. Si también necesitas consultar una pensión, organiza ese expediente por separado y revisa sus condiciones con la institución correspondiente.
Tu revisión personal
Antes de continuar
Lista editorial para organizarte. No añade requisitos a la ficha oficial.
Fuentes y alcance de la consulta
Consultadas el 4 de noviembre de 2026. Se revisó información pública; no se realizaron solicitudes, pagos ni pruebas de expedientes personales.
- DOF · reglas de operación 2026 del programa para hijos de madres trabajadoras ↗Lectura directa
Lectura directa del texto oficial: 3.2, 3.4.1 a 3.4.3, 3.5, 5.2 a 5.5 y 8.2. Incluye madres afiliadas o no, fallecimientos desde marzo de 2013, documentos, montos por edad y disponibilidad presupuestal. Relectura por GET tras tiempos agotados del navegador de investigación.
- Programas para el Bienestar · programa de madres trabajadoras ↗Lectura directa
Página pública completa de modalidades, orientación y Línea de Bienestar. Su presentación agrupa documentos de ambas modalidades; se usa el numeral 3.4 de las reglas para separar el expediente B. No prueba registro abierto en una localidad.