El certificado busca inscripciones a nombre de una persona
El certificado de no propiedad en Querétaro es una certificación del Registro Público de la Propiedad sobre bienes inmuebles inscritos a nombre de una persona. Lo atiende el Instituto Registral y Catastral del Estado, IRC, mediante su área registral.
Antes de solicitarlo, confirma el nombre exacto del documento y sobre quién debe hacerse la búsqueda. Que el Instituto reúna funciones de Registro y Catastro no convierte todos sus productos en una misma constancia. Tampoco permite presentar un resultado local como prueba de ausencia de cualquier bien en México.
En el Catálogo de Trámites de Querétaro, busca «Certificado de no propiedad», homoclave TR-IRC-016. La ficha consultada el 31 de octubre de 2026 muestra actualización del 28 de mayo y publicación del 4 de junio de 2026.
Distingue la persona del inmueble
La búsqueda nominal responde a una pregunta diferente de la certificación de un predio concreto. Si el requisito de tu expediente menciona folio, cargas o inscripción de un terreno, pide precisar el documento antes de elegir el concepto de pago.
| Petición | Qué debes identificar |
|---|---|
| No propiedad | Persona a cuyo nombre se consulta el Registro |
| Gravamen o libertad de gravamen | Inmueble y situación registral que se certificará |
| No inscripción de un inmueble | Predio determinado y búsqueda correspondiente |
| Copia de escritura | Instrumento que se quiere reproducir |
La no inscripción de inmueble ante el IFREM ayuda a reconocer la diferencia de objeto. Sus medidas, colindancias y plano manzanero pertenecen a otro servicio y entidad; no se añaden a la lista de no propiedad de Querétaro.
Revisa la Solicitud de Certificados
El apartado de requisitos publica «Solicitud de trámite». En la información adicional se nombra Solicitud de Certificados. Los pasos también exigen llenarla, aunque la pestaña de formatos no ofrece un archivo descargable en la ficha consultada.
Pide al IRC la versión que recibe y cómo obtenerla. No se presenta una carta redactada por esta guía como sustituto oficial. La ficha no desarrolla aquí todos los campos del formulario ni una lista universal de identificación, cédula profesional o poderes.
Hay una diferencia concreta en la presentación: el campo dice «Original y Copia», mientras la cantidad de copias muestra cero. Consulta cuál presentación corresponde al canal elegido antes de preparar la carpeta. No se fija arbitrariamente uno o dos juegos para resolver esa discrepancia.
Como preparación propia, compara el nombre completo con los documentos del expediente de destino. Incluye todos los nombres y ambos apellidos; esa revisión no añade un documento obligatorio. Si otra persona hará la gestión, pregunta cómo acreditar esa intervención y sobre qué nombre debe recaer el resultado.
El ingreso presencial genera un número de entrada
La secuencia presencial publicada permite organizar estas etapas:
- Llenar la solicitud de certificados.
- Entregarla en Oficialía de Partes.
- Obtener la línea de captura del concepto correspondiente.
- Realizar el pago de derechos.
- Obtener el número de entrada del trámite.
- Recibir el resolutivo o el motivo de rechazo.
Conserva una referencia de lo presentado y el recibo junto al número de entrada. Cada pieza cumple una función: el pago no es todavía el certificado y el número de ingreso permite identificar la solicitud.
Antes de pagar, comprueba que el concepto sea no propiedad y que la búsqueda corresponda a la persona requerida. No utilices una referencia generada para gravámenes ni supongas que el precio de otro certificado cubre éste.
La vía electrónica descrita requiere seguimiento
Los pasos web indican ingresar al portal, darse de alta como usuario, entrar con sus datos de acceso, llenar la solicitud y pagar. Después prevén una notificación por correo cuando el trámite sea atendido y la descarga del resolutivo.
Es una descripción pública del recorrido; no demuestra que una solicitud particular haya sido admitida o que el archivo aparezca inmediatamente al registrarse. Confirma el acceso vigente desde el catálogo o con el IRC antes de aportar documentos.
Si no llega la respuesta, identifica la etapa pendiente: presentación, acreditación del pago, atención u obtención del archivo. Conserva las comunicaciones y consulta con tu referencia. Repetir el pago sin aclarar el estado puede dejar dos gestiones distintas sin resolver la primera.
Importe publicado, plazo y oficina
La ficha muestra $678.84 como costo y cuatro días hábiles de resolución. Son datos publicados en la versión consultada; no constituyen una comprobación independiente del arancel legal vigente en 2026. Verifica concepto y cantidad antes del pago.
El área responsable publicada es la Subdirección de Certificación de la Dirección del Registro Público de la Propiedad, en Francisco I. Madero 68, planta alta, Centro, Santiago de Querétaro. Señala atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 y teléfono 442 217 1800.
El directorio también relaciona subdirecciones en Amealco, Cadereyta, San Juan del Río, Jalpan y Tolimán. Confirma cuál recibe tu solicitud y el horario aplicable. La existencia de varias sedes no demuestra que una misma búsqueda pueda presentarse indistintamente en todas.
Comprueba el resultado y la antigüedad aceptada
Al recibir, compara nombre, autoridad y fecha con lo solicitado. Si aparece una coincidencia que no reconoces, conserva el certificado y pide aclaración; no concluyas automáticamente que pertenece a otra persona ni modifiques el archivo.
La ficha no ofrece una vigencia fija claramente identificada. Los campos dispersos con «30» y «Días Naturales» no se usan aquí para inventar treinta días de validez. Pregunta al receptor qué antigüedad necesita.
La guía de no propiedad de CDMX explica otra solicitud nominal, con formulario y tarifa propios. El certificado de gravámenes de CDMX atiende información de un inmueble. Ninguno amplía el alcance del resultado de Querétaro ni garantiza admisión en vivienda.
Preguntas frecuentes
¿Este certificado equivale a una constancia de Catastro?
La ficha corresponde al área del Registro Público. Confirma el padrón y documento que exige tu expediente antes de pagar.
¿La lista exige siempre INE y cédula profesional?
El requisito publicado es la solicitud. Consulta su presentación propia; no se trasladan documentos de otros estados como obligaciones universales.
¿Pagar garantiza que el resultado diga que no tengo propiedades?
La solicitud inicia una certificación registral. No anticipa el resultado ni acredita elegibilidad automática para otro programa.
Tu revisión personal
Antes de continuar
Lista editorial para organizarte. No añade requisitos a la ficha oficial.
Fuentes y alcance de la consulta
Consultadas el 31 de octubre de 2026. Se revisó información pública; no se realizaron solicitudes, pagos ni pruebas de expedientes personales.
- Gobierno de Querétaro · Certificado de no propiedad, TR-IRC-016 ↗Lectura directa
Ficha actual del catálogo, actualización28/05/2026, capturada por ROOT mediante CUA/IAB HTTPS normal el31/10/2026. Autor leyó completas offline11pestañas,13vistasMásInfo y3Marco. Solicitud nominal,678.84 y4hábiles publicados; Original y Copia frente a cantidad0, sin vigencia fija acreditada. Marco sólo referencias normativas, no leyes completas ni validación tarifaria2026 independiente. Capturas bytes/SHA; sin cuenta,pago o emisión.
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